26 de octubre de 2011

EDUCACIÓN PÚBLICA Y LAICA…(*)

Antes de que se iniciase la discusión sobre la Constitución, y como anticipo de la campaña que estaba por venir, los obispos firmaron una pastoral colectiva sobre lo que ellos denominaban libertades modernas, afirmando: “…en modo alguno es lícito pedir, defender ni conceder, la libertad de pensar, de enseñar, de escribir o decultos, como si estas facultades fuesen un derecho concedido al hombre por la naturaleza”.

En el artículo 3º de la Constitución de la República se establecía: “El Estado español no tiene religión oficial”.

En el artículo 48º de la Constitución se señalaba: “El servicio de la cultura es atribución esencial del Estado y lo prestará mediante instituciones educativas enlazadas por el sistema de la escuela unificada. Los maestros, profesores y catedráticos de la enseñanza oficial son funcionarios públicos. La libertad de cátedra queda reconocida y garantizada.”

“La República legislará en el sentido de facilitar a los españoles económicamente necesitados el acceso a todos los grados de enseñanza, a fin de que no se halle condicionado más que por la aptitud y la vocación.”

“La Enseñanza será laica, hará del trabajo el eje de su actividad metodológica y se inspirará en ideales de solidaridad humana.”

“Se reconoce a las Iglesias el derecho, sujeto a inspección del Estado, de enseñar sus respectivas doctrinas en sus propios establecimientos”.

En la discusión en las Cortes de todo lo referente a la educación fueron patentes los choques entre la izquierda y la minoría de derechas, pero también entre los dirigentes socialistas y los miembros republicanos del gobierno, especialmente los radicales de Lerroux, y los ya mencionados Alcalá-Zamora y Miguel Maura. Una cosa era el laicismo en abstracto, inofensivo desde una perspectiva capitalista, y otro restar poder económico a la Iglesia católica. El chantaje de los elementos burgueses más destacados de las filas republicanas, de fuertes convicciones católicas, estalló tras la discusión del artículo 26º de la Constitución, que quedó como sigue:

“Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial. El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, asociaciones e Instituciones Religiosas”.

“Una Ley especial regulará la total extinción , en un plazo máximo de dos años, el presupuesto del Clero.”.

“Quedan disueltas aquellas órdenes Religiosas que estatutariamente que estatutariamente impongan, además de los tres votos canónigos, otro de especial obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado (Esta disposición afectaba exclusivamente a la Compañía de Jesús). Sus bienes serán nacionalizados y afectados a fines benéficos y docentes.”

“las demás cortes religiosas se someterán a una ley especial votada por estas Cortes Constituyentes y ajustada a las siguientes bases:

“1. Disolución de las que, por sus actividades, constituyan un peligro para la seguridad del Estado.”

“2. Inscripción de las que deban subsistir, en un Registro especial dependiente del Ministerio de Justicia.”

“3. Incapacidad de adquirir y conservar, por si o persona interpuesta, más bienes que los que, previa justificación, se destine a su vivienda o al cumplimiento directo de sus fines privativos.”

“4. Prohibición de ejercer la industria, el comercio o la enseñanza”.

“5. Sumisión a todas las leyes tributarias del país.”

“6. Obligación de rendir anualmente cuentas al Estado de la inversión de sus bienes en relación con los fines de la Asociación.”

“Los bienes de las órdenes religiosas podrán ser nacionalizados”.

Como consecuencia de la aprobación del artículo 26 de la Constitución se produjo la dimisión de Alcalá-Zamora, presidente del Consejo de Ministros, y de Miguel Maura, ministro de la Gobernación, ambos católicos practicantes y reaccionarios probados, dando lugar a la primera crisis gubernamental de la República. Por su parte, la derecha parlamentaria agrupada en las minorías vasco-navarra, agraria y los diputados católicos (Acción Popular) decidieron también abandonar la Cámara mientras durase el debate sobre la Constitución. El 14 de Octubre, 35 diputados hacen público un documento en el que afirman:

“Hemos llegado al límite de nuestra transigencia. La Constitución que va a aprobarse no puede ser la nuestra. La opinión católica, que es la mayoría del país, la rechaza, y nosotros así lo proclamamos”: y continúan: “No abandonamos nuestros puntos de combate. Cuando las circunstancias lo requieran, desde nuestros escaños levantaremos la voz en defensa de nuestros ideales. Pero, de momento, el esfuerzo que estérilmente habíamos de desarrollar en la elaboración de una Constitución antirreligiosa y antisocial, lo emplearemos en mover a la opinión contra ella”.

Así se manifestaban algunos de los “prohombres” de la República, entendiendo ésta como un envoltorio formal desde el que mantener de forma más eficaz la estructura de clases y los intereses económicos de quienes, durante siglos, habían mantenido en la explotación y el atraso más absoluto a los trabajadores y campesinos españoles. Ahora que un proceso revolucionario amenazaba esos intereses, estos hombres se pusieron al frente para frenarlo mejor. Lamentablemente, la connivencia de los dirigentes de las organizaciones socialistas, que se agarraron a la política de colaboración de clases como a un clavo ardiendo sin denunciar los intereses espurios de quienes los utilizaban para calmar las ansias de transformación social de millones de personas, mostraba sus consecuencias. Difícilmente era posible que, manteniendo la alianza con estos burgueses aunque se cubrieran con la bandera tricolor, se terminase con la influencia demoledora de la Iglesia. La lucha por la educación laica y pública quedaba en tela de juicio.

El proceso de discusión de los capítulos de la Constitución que tocaban de algún modo los intereses de la Iglesia Católica supuso una clarificación sobre la auténtica naturaleza política del gobierno, especialmente de los republicanos, algunos de los cuales, habían hecho incluso gala de un laicismo radical. Llegada la hora de la verdad, de restar poder económico y social a la Iglesia, los conservadores católicos parapetados en la formalidad republicana hicieron su aparición en escena. Una cosa eran los discursos demagógicos para ganarse el favor de la población y otra tocar una columna central del capitalismo español. El poder económico de la Iglesia Católica no estaba en discusión.(…)

(*)Capítulo VII. EDUCACIÓN PÚBLICA Y LAICA VERSUS IGLESIA CATÓLICA.
Del libro “La batalla por la enseñanza y la cultura durante la Segunda República.
Autora: Beatriz Garcia. (Colección Memoria Histórica)
Publicado por Fundación Federico Engels.

Más información en: fundación@fundacionfedericoengels.org

DATOS:
En 1930 el porcentaje de analfabetos era del 32,40 %
El número de escuelas era en 1929 de 30.904.
Con la República, el año 1931 se construyeron 7.000 escuelas.
Se hizo un plan quinquenal para construir 5.000 escuelas al año.
El sueldo medio anual de un maestro era de 3.162 pesetas al año en 1929.
La República aumentó el sueldo medio de un maestro hasta 5.000 pesetas año en 1931.
La República creó 4.457 bibliotecas desde 1931 a 1934.

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